PUERTA A AEROPUERTO, EQUIPAJE SOLITARIO O EQUIPAJE NO ACOMPAÑADO
Destinos: Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica
Este es el servicio con mas demanda debido a que es el mas económico y rápido usualmente no pagas impuestos debido al articulo 116 o 114 del Código Aduanero Centroamericano.
Su Familiar retira la carga en El Aeropuerto pagaría $ 15 a 20 USD por la guía.
Los impuestos van de acuerdo a lo que usted envía. Su Familiar que tiene que ser del primer circulo sanguíneo (esposo, esposa, hijos padres o hermanos deben llevar partida de nacimiento)
PEQUEÑOS ENVÍOS FAMILIARES SIN CARÁCTER COMERCIAL
Para el despacho de los pequeños envíos sin carácter comercial (Art 114 del Código Aduanero Centroámericano), en la Declaración de Mercancías se aplicará la exención de quinientos 00/100 ($500.00) dólares americanos, siempre y cuando la persona individual a la que lleguen consignadas las mercancías bajo ésta modalidad, acredite su derecho al retiro de las mismas, mediante la presentación del documento de embarque consignado a su nombre y firmando la declaración aduanera.
Para gozar del presente beneficio se deberán cumplir las condiciones siguientes:
a. Que el destinatario no haya gozado del beneficio durante los últimos seis meses anteriores al arribo de las mercancías.
b. Que la cantidad de mercancías a importar bajo esta modalidad no sea susceptible de ser destinada para fines comerciales.
c. Que el destinatario de las mercancías sea una persona natural.
d. Que se demuestre, en su caso, ante la autoridad aduanera el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias.
Los envíos que excedan el valor de quinientos 00/100 ($500.00) dólares americanos, estarán sujetos al pago de los Derechos Arancelarios e Impuestos correspondientes sobre el valor total del envío.
En caso de no contar con facturas, recibos o tiquetes de caja, la Aduana procederá a determinar el valor de las mercancías en base a valores de referencia debidamente publicados por la DGA.